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¿Actos anticipados de campaña, o de gobierno?

La consulta del aeropuerto ni a propios ni a extraños dejó convencidos. | Fernando Díaz Naranjo

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Escrito en OPINIÓN el

Hace algunos días un buen amigo magistrado hacía referencia a lo que pudiera considerarse “actos anticipados de gobierno” haciendo alusión a los “actos anticipados de campaña”.  Si lo razonamos en su justa dimensión me parece importante, razonable y atinado dicha similitud.

Campañas electorales

En principio, debemos señalar que las campañas electorales son diversos actos de proselitismo y difusión de diversos programas políticos que, a manera de propuestas, las y los candidatos impulsan, en un determinado periodo de tiempo, para buscar convencer a la ciudadanía de que voten por ellos, por el partido político o coalición que representan.

En tal virtud, la legislación electoral federal determina como “actos anticipados de campaña,” las acciones llevadas a cabo por precandidatos, partidos políticos, coaliciones o agrupaciones políticas nacionales o inclusive cualquier otro grupo que promueva el voto o haga proselitismo en favor determinado candidato o fuerza política antes del inicio del periodo establecido por la ley, para la realización de las campañas electorales.

De hecho, la propia legislación establece una serie de infracciones en caso de acreditarse la realización de actos anticipados de campaña en donde tanto los órganos electorales administrativos como jurisdiccionales han construido un robustecido esquema normativo al respecto.

Ahora bien, en últimas fechas parecería que el presidente electo López Obrador sigue en campaña cuando ésta termino hace ya tiempo, pero peor aún, ha llevado a cabo una serie de actos que no encuentran un cauce legal como el ejercicio consultivo llevado a cabo recientemente sobre la definición del aeropuerto de Texcoco, cuya determinación repercutirá en la vida nacional depositando en la población una responsabilidad mal entendida.

Actos anticipados de gobierno

Dicho de otra manera, es claro que se están llevando a cabo diversas acciones del gobierno electo, cuando su periodo comenzará a partir del primero de diciembre próximo.

Esto trae como consecuencia, entre varios aspectos más, el debilitamiento de la actual administración pública federal y el reclamo, con justa razón, de lo que ahora es la oposición por la realización de dichos actos.

Al respecto, existe un vacío de poder que lleva a que estemos presenciando prácticamente ya el ejercicio del poder público de un gobierno que aún no entra en funciones, pero que, además, refleja públicamente cierto desorden por decir lo menos.

En este sentido, si hacemos una similitud entre el esquema electoral referido, podríamos equiparar, al menos en principio, que pudiéramos estar si no en presencia de actos anticipados de campaña, pero sí de acciones anticipadas de gobierno cuya base normativa no existe.

Consulta ciudadana

Consecuentemente, y ante el dilema presentado, me parece que el legislativo tendrá en los próximos meses, la imperiosa necesidad de analizar el tema con todo detenimiento y regularlo a través de la imposición de normas que establezcan la prohibición de la realización de acciones de gobierno antes de que el mismo inicie legalmente en función. A la próxima administración que iniciará el primero de diciembre no le gustaría que, a partir de julio de 2024, quien resulte electo presidente de la República, independientemente de la fuerza o fuerzas políticas que la o lo impulsen, lleven a cabo actos similares.

Así evitaríamos hechos tan bochornosos como la consulta del aeropuerto que ni a propios ni a extraños dejó convencidos.

¡¡¡Hasta la próxima!!!

Acciones que deslegitiman el mandato de las urnas

@fdodiaznaranjo | @OpinionLSR | @lasillarota