Main logo

Buscan regular ambulancias privadas de la CDMX

En el Congreso de la ciudad se propuso que las unidades cumplan con todos los requisitos y normas necesarias para su funcionamiento

Escrito en METRÓPOLI el

En el Congreso de la Ciudad de México se presentó una iniciativa para que las ambulancias privadas cumplan con todos los requisitos y normas necesarias, tanto de la unidad que manejan como en la capacitación del personal.

Guadalupe Morales Rubio, vicecoordinadora del grupo parlamentario de Morena presentó ante el Congreso local una sanción de quinientos a seiscientos ochenta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS) de la CDMX vigente y se remitirá el vehículo al depósito vehicular, además, de aquellas unidades que no cuenten con las placas correspondientes emitidas por la Secretaría de Movilidad.

La vicecoordinadora detalló que de acuerdo con información dada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se recomienda tener cuatro ambulancias por cada 100 mil habitantes.

Explicó que en 2018 en la CDMX se contabilizaban 487 ambulancias, sin distinguir entre públicas y privadas.

“Durante los últimos años han proliferado ambulancias privadas que operan de forma irregular, poniendo en riesgo la salud y la integridad de los pacientes, al no cumplir con todos los requisitos estipulados en la ley y, en muchos casos, llegan a cobrar hasta 7 mil 300 pesos por un traslado”.

LAS NORMAS Y REQUISITOS NECESARIOS

Morales Rubio enfatizó que es urgente fortalecer la regulación pues se vulnera el derecho a la vida, a la salud y a la economía de las familias de la ciudad, buscando garantizar que quienes conduzcan las ambulancias privadas cumplan con todas las normas y requisitos necesarios.

Los requisitos son los siguientes:

  • Presentar el Aviso de Funcionamiento ante la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México, y obtener el dictamen técnico emitido por dicho órgano

  • Obtener por parte de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México las placas de circulación especiales para la circulación de ambulancias, cumpliendo con: a) Presentar solicitud por escrito. b) Contar con el dictamen técnico anual vigente emitido por la Agencia de Protección Sanitaria, el cual se emite siempre y cuando se cumpla con la “Norma Oficial Mexicana NOM- 034-SSA3-2013, Regulación de servicios de salud. Atención prehospitalaria ”

  • Contar con las licencias tipo “E” para operar vehículos especializados, tales como ambulancia

La promovente de la iniciativa que adiciona un segundo párrafo al Artículo 50 de la Ley de Salud y una fracción XXIII al Artículo 251 de la Ley de Movilidad, ambas de la Ciudad de México, agregó que también se propone que la Agencia de Protección Sanitaria, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana, diseñará e implementará un programa de verificación permanente en la vía pública, a fin de verificar la operación correcta de dichas unidades móviles.  

aemz