Cuando se conoce que el asesinato de una mujer fue de forma violenta y cometido por alguna persona que haya estado relacionada sentimentalmete con la víctima, suele considerarse como un “crimen pasional”. Llamar de esta forma a los feminicidios es una práctica que normaliza la violencia contra las mujeres

Este término se asocia colectivamente a que el crimen fue cometido en un “arrebato emocional” o como un “arranque de celos”, según expertas. Por lo que, si se usa este término puede encontrarse un sesgo al momento de identificar las características de la violencia feminicida. 

“LOS FEMINICIDIOS NO SON UN ESPECTÁCULO” 

La abogada feminista Ana Karen Flores señala en entrevista para La Cadera de Eva, que este término ha sido fomentado por las narrativas de los medios de comunicación al dar la noticia de un feminicidio. 

Es la forma en la cual los propios medios de comunicación e incluso algunas autoridades, tienden a omitir la perspectiva de género en las investigaciones de una muerte violenta de una mujer. Al nombrarlo de esta manera, reafirman prejuicios y estereotipos de género asignados a las mujeres. Decir que son ‘crímenes pasionales’ atenta contra los derechos de las mujeres y no debe de ser nombrado así. El crimen pasional es feminicidio”, comparte.

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En ese sentido, expresa que la perspectiva de género debe ser aplica al momento de publicar alguna noticia relacionada con la violencia contra las mujeres, sobre todo si se trata de un feminicidio. 

La cobertura de los temas deben realizarse “sin caer en estereotipos o prejuicios que revictimizan a las mujeres o a sus familiares o que atente contra su integridad, ya que debe respetarse el derecho a la privacidad, la integridad y el derecho a honrar la dignidad de las personas”, asegura.

La perspectiva de género tiene el objetivo de analizar la violencia estructural que viven las mujeres por el hecho de serlo, ya que las características de un feminicidio se relacionan con esta violencia sistemática. En la legislación y protocolos correspondientes, se establece que en un feminicidio se deben considerar las causas del crimen basadas en el sexo. 

La abogada resalta que la filtración de material fotográfico o de video sobre los casos de feminicidio, alimenta la revictimización de las mujeres en los medios de comunicación. Ante esto, se han creado una serie de reformas a la legislación donde se establece que “todas las autoridades que participen en la investigación de un feminicidio, tienen la obligación de evitar difundir cualquier contenido relacionado con la investigación de delitos de género”, explica la experta. 

La "Ley Ingrid" tiene su origen con el caso de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio por su pareja sentimental. Las fotografías de su cuerpo fueron filtradas por autoridades, posteriormente fueron difundidas y reproducidas por medios de comunicación incurriendo en la vulneración de sus derechos como víctima. Foto: CUARTOSCURO

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GARANTIZAR LOS DERECHOS DE LAS MUJERES 

Ha sido una lucha colectiva de las mujeres que el feminicidio sea reconocido como la máxima expresión de violencia contra las mujeres en base a su sexo y la obligación del Estado por investigarse como tal, afirma la abogada feminista Ana Karen Flores. 

Las madres de víctimas han tomado un papel fundamental, como Irinea Buendía, madre de Mariana Lima, asesinada por su pareja sentimental en 2010; el caso fue retomado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se determinó que toda muerte violenta de una mujer debe ser investigada como feminicidio. 

 Irinea Buendía sigue en espera de justicia para su hija, su caso ha sido acompañado por organismos internacional y nacionales. Foto: Crisanta Espinosa / CUARTOSCURO

Las abogadas feministas también han sido importantes para sentar precedentes respecto al reconocimiento de las obligaciones del Estado mexicano, pues gracias a su trabajo en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el organismo determinó la responsabilidad del gobierno mexicano ante la violencia de género. 

En el Código Penal Federal, así como en los códigos locales y en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se establecen los diversos protocolos y características con las que debe investigar un feminicidio. 

“Debe considerarse si la mujer se encontraba en un espacio público o no; si mostraba señales de violencia sexual como abuso, lesiones o mutilaciones en su cuerpo y genitales; si la víctima fue incomunicada antes del asesinato; cuál era la relación que tenía con el agresor; si había antecedentes de otro tipo de violencia machista y demás características que indiquen comportamientos que expresen que el crimen fue cometido para someter a una mujer”, comparte la experta Ana Karen.

Las mujeres activistas como Marcela Lagarde también han sido parte imprescindible para la tipificación del feminicidio como delito, ya que la académica Lagarde es quien implementa el concepto por primera vez en México para nombrar los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez.  

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El feminicidio es un delito que las autoridades tienen la obligación de investigar,  juzgar y sancionar a quienes resulten responsables; durante todo el proceso deben implementar la perspectiva de género sin obstaculizar el derecho al acceso a la justicia. Asimismo, se debe ejecutar la reparación del daño a las víctimas o a sus familiares; esta reparación se refiere a una reparación emocional y económica por los daños cometidos.