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¿Sabes cómo calcular tu aguinaldo? Aquí te explicamos cómo

Aún habiendo trabajado menos de un año en la empresa, la Ley indica que todos los empleados tienen derecho a un aguinaldo; aquí te decimos cuánto te toca

Escrito en GUANAJUATO el

León.- El aguinaldo es un pago que las empresas están obligadas a otorgar a sus empleados en épocas decembrinas. No para todos es igual, depende del sueldo y del tiempo que alguien lleve trabajando en la compañía. 

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que  el aguinaldo es equivalente a 15 días de salario y tiene fecha límite de entrega el 20 de diciembre. Si quieres saber cómo saber cuánto te toca de aguinaldo este año, aquí te decimos cómo. 

Para quienes han trabajado más de un año

Dividir el sueldo bruto (es decir libre de impuestos) mensual entre 30, para de esta manera sacar el salario diario, y el resultado multiplicarlo por 15. El número que salga de esta operación será lo correspondiente al aguinaldo.

Ejemplo: $10,000 / 30 = 333.3 y luego 333.3 x 15 = $5,000 pesos.

“El aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87. Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo”, señala la Profedet.

 

Para quienes han trabajado menos de un año

En este caso, se tendrá que hacer una operación diferente para conocer la parte proporcional del aguinaldo. Primero se deben dividir los 15 días de aguinaldo en los días del año y ese número multiplicarlo por los días trabajados, el resultado se debe multiplicar, a su vez, por el salario diario.

Ejemplo: 15 / 365 = 0.04109, luego 0.04109 x 100 (días trabajados) =4.1095 y por último 4.1095 x $333.3 = $1,369.7 pesos.

La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma, por lo que la Profedet señala que “Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado”.

La Procuraduría también indica que si el patrón incumple con la entrega del aguinaldo, ya sea en tiempo y forma, será multado. El trabajador tiene un año para reclamar el retraso o alguna irregularidad con su pago. 

PR