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Resico: Régimen con el que el SAT busca incrementar contribuyentes

Señala especialista en temas fiscales que la nueva reforma no es para crear nuevos impuestos sino para incrementar el número de contribuyentes

Escrito en GUANAJUATO el

León.- El Régimen Simplificado de Confianza es la novedad de la reforma fiscal que entró en vigor en 2022, y que busca agregar contribuyentes al padrón.

El especialista en temas fiscales y académico de la Universidad Iberoamericana de León, Efraín Hernández explicó que el punto principal de la reforma no tiene que ver con la incorporación de nuevos impuestos, sino con ampliar el número de contribuyentes.

Con ello, agregó, se busca que la carga tributaria no sea solamente en un sector, sino que pueda ir llegando a más.

“Que más contribuyentes se incorporen a la economía formal, abandonando la economía informal, a través de nuevos regímenes

de tributación. La novedad es el Régimen Simplificado de Confianza, aplicable a personas físicas y morales”, dijo.

Hernández, contador público y máster en impuestos, manifestó que dicho régimen se enfoca al Impuesto Sobre la Renta de personas físicas y morales.

Explicó que lo que la autoridad fiscal busca es agregar a más contribuyentes a través del Riesco, por su sencillez para calcular impuestos.

“Este régimen está dirigido a personas físicas que tengan una actividad empresarial, contribuyentes que tengan alguna actividad industrial, agricultura, ganadería, pesca...”, dijo.

Otros sectores que pueden adherirse al Riesco son los que cuentan con ingresos por arrendamiento y profesionistas que trabajan por honorarios.

“La verdad es que es muy atractivo, porque pueden pertenecer a este régimen si sus ingresos anuales no son superiores a tres millones y medio de pesos. El cálculo consiste en que la autoridad, en base a las facturas digitales va a calcular el ISR, aplicando tasas del 1% hasta el 2.5%.

“Por ejemplo, si una persona física, tiene ingresos de hasta 25 mil pesos mensuales, la tasa de impuestos es del 1% sobre sus ingresos. Si una persona física tiene ingresos de hasta 83 mil pesos mensuales, su tasa de impuestos es del 5%”, comentó.

Agregó que, si los ingresos son de hasta 166 mil pesos mensuales, su tasa es del 2%, y si sus ingresos son de hasta 291 mil pesos mensuales, la tasa es del 2.5%.

Manifestó que anteriormente para hacer un gasto deducible se necesitaban seguir muchas reglas con el Régimen de Incorporación Fiscal.

“Existía el Régimen de Incorporación Fiscal, en el cual estos contribuyentes ejercían actividades empresariales, y que sus ingresos no fueran superiores a dos millones de pesos anuales. Ahora, con este régimen, esos dos millones, se van hasta tres millones y medio al año”.

“En este cálculo, no se incluyen los castos para ISR, para Impuesto al Valor Agregado, sí se tienen que tener esos gastos".

Explicó que también aplica para personas morales, cuyos ingresos no son mayores a 35 millones de pesos anuales.

“Ponen ciertos límites, uno es, que, si es persona física, no puedes ser socio de una sociedad, que tus ingresos no rebasen tres millones y medio de pesos anuales, presentar declaraciones mensuales, declaración anual…”, dijo

“Viene a facilitar lo que es el cálculo del Impuesto Sobre la Renta. Obviamente con el paso del tiempo se le irán haciendo adecuaciones”.

JP