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¿Por qué hay contendientes en Guanajuato que no pueden iniciar campaña?

Nueve partidos políticos no pueden hacer campaña porque sus registros fueron declarados por el Instituto Estatal Electoral de Guanajuato como improcedentes

Escrito en GUANAJUATO el

Hay 42 candidatos de 9 partidos políticos que no pueden hacer campaña porque sus registros fueron declarados por el Instituto Estatal Electoral de Guanajuato como improcedentes. ¿Por qué? Ante la falta de documentación de algunas personas que integran las planillas para ayuntamientos, como actas de nacimientos avaladas por notario, constancias de residencia, entre otros documentos.

¿Cuáles fueron los partidos que no cumplieron con los requisitos? MORENA (en once municipios) , PRI (un municipio), PRI- PRD (un municipio), PT (cuatro municipios), MC (cuatro municipios), PES (catorce municipios), NA (un municipio) y Fuerza por México (cuatro municipios).

Lo anterior, afectó en la composición de la paridad de género en las planillas de los partidos que sí cumplieron con todos los requisitos, pero al ser rechazadas las otras planillas que no cumplieron, ahora éstas vulneran con el principio de la paridad de género.

Ahora el órgano electoral local otorgó 48 horas a MORENA, Partido del Trabajo y Nueva Alianza para que reconfiguren los bloques y puedan proceder en sus registros. Estos partidos políticos tienen que postular igual número de mujeres, la mitad de mujeres o más en el resto de los municipios en los que contiendan, para atender la paridad horizontal.

Cuando originalmente el partido político hace la postulación de todas sus candidaturas, sí se postula de manera paritaria. Sin embargo, al negarse el registro por declararse como improcedente, implicó modificaciones en las postulaciones.

En este lapso de 48 horas, ningún candidato o candidata de MORENA, PT o Nueva Alianza puede hacer campaña. Será hasta que el Consejo General del IEEG apruebe el registro, avalando que se cumple con el principio de paridad.

La reconfiguración de las postulaciones conlleva la sustituyendo de hombres por mujeres, lo que significa que los partidos están obligados a presentar nuevos documentos, que serán revisados y analizados por los consejeros de la autoridad electoral local,. Y en su caso, declarar el registro como procedente o no.

AR/EU