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Los problemas en los que no quisieras meterte con el SAT

Son cinco las facultades del SAT que debes tener en cuenta para tratar de evitarlas y evitar complicaciones con la autoridad fiscal

Escrito en DINERO el

Si eres contribuyente evita equivocarte al realizar tu declaración; deducir gastos que no corresponden o hacer pagos incompletos son las equivocaciones más frecuentes y por las que podrías tener problemas con la autoridad fiscal.

Estas son las cinco facultades del SAT que debes tener presentes para tratar de evitarlas:

1. Presunción de ingresos por depósitos bancarios

El SAT puede presumir, salvo prueba en contrario, que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad, cuando está obligado a llevarla, son ingresos por los que se deben pagar contribuciones.

No hay ningún problema si el contribuyente hace traspasos entre sus propias cuentas bancarias, siempre y cuando los ingresos que declare sean mayores o iguales a los gastos que realice. Si ocurre lo contrario, el SAT determinará que hay una discrepancia fiscal, y entonces sí considerará estos traspasos entre cuentas como ingresos gravables, y procederá a fiscalizar o auditar al pagador de impuestos.

2. Proceso de discrepancia fiscal

Los ingresos de cualquier tipo de actividad, incluidas las herencias o los premios deben ser declarados ante el SAT, incluso los que se reciben en efectivo. Por lo que siempre debes llevar tu contabilidad, porque el fisco hace cotejos de datos de acuerdo a su edad, actividad bajo la que estás registrado, profesión, y de esa forma podría detectar diferencias entre los ingresos y los gastos e iniciar un proceso de discrepancia fiscal.

Por ejemplo, si un contribuyente organiza las tandas en su oficina, debe tener cuidado con los traspasos que le hagan, porque cuando los bancos detectan depósitos en efectivo mayores a 15,000 pesos, los notifica a la autoridad fiscal, y ésta puede proceder con revisiones y presunciones que se deben desvirtuar.

3. Revisión de ejercicios fiscales anteriores

La autoridad puede revisar los últimos cinco ejercicio fiscales, y para las personas que no están registradas en el SAT, la autoridad puede revisar y comprobar las operaciones de los últimos 10 años. Es decir, a las personas que operan en la informalidad y tienen cuentas bancarias en las que reciben pagos por sus servicios y productos.

Por ingresos no declarados, además de los impuestos, el SAT cobrará la actualización, recargos y multas. Para desvirtuar la presunción el contribuyente tiene entre 15 y 20 días.

4. Bloqueo temporal y cancelación del CSD

Por los servicios o bienes que comercializa una empresa o una persona física se emiten facturas, y para emitirlas es necesario contar con un Certificado de Sello Digital (CSD), el cual puede ser bloqueado temporalmente por distintos motivos.

Uno de los motivos por los que el SAT puede restringir temporalmente el CSD, es porque el contribuyente no pudo ser localizado en su domicilio fiscal durante las facultades de comprobación de la autoridad. Para la reactivación, el contribuyente debe reportarse con el SAT y aclarar su situación. En caso de que la autoridad compruebe que el contribuyente hizo este tipo de práctica (como declarar un domicilio fiscal falso) para realizar delitos como contrabando o fraude se cancelará de manera definitiva el CSD.

5. Impedir el registro de citas

Poder agendar una cita con el SAT es bastante complicado, por la alta demanda que existe. Por eso, si el contribuyente obtiene una cita debe pensarlo dos veces antes de dejar plantada a la autoridad fiscal.

El SAT pide a los contribuyentes que cancelen sus citas si saben que no podrán acudir a sus oficinas, para que no las considere como inasistencias.

Pero si en un periodo de 15 días, el contribuyente logra agendar dos citas y no acude a las oficinas de la autoridad fiscal, ésta impedirá registrar una nueva cita por los siguientes cinco días naturales a partir de la segunda inasistencia.

 

 

 

 

CJ