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¿Cómo beneficiarte de las nuevas reglas del SAT?

Con la entrada en vigor del nuevo régimen, que es opcional, se busca simplificar el pago de impuestos

Escrito en DINERO el

El gobierno federal presentó el Paquete Económico 2022 y una de sus principales propuestas para el próximo año es la creación de un Régimen Simplificado de Confianza.

 

Con esta propuesta hecha por Hacienda al Congreso, la autoridad fiscal busca que los contribuyentes paguen menos impuestos, así como reducirles los trámites administrativos para que lo hagan de una manera  más sencilla.

 

Lo que pretende la autoridad fiscal es que los contribuyentes paguen de acuerdo con el régimen en el que están y las actividades económicas a las que se dedica, éstas determinarán cómo deberás pagar impuestos.

 

En este contexto, es necesario que los contribuyentes conozcan en qué régimen se encuentran inscritos, de acuerdo con su profesión e ingresos para saber si deberán adaptarse a estas nuevas medidas.

 

En el caso de los contribuyentes con regímenes como son asalariados y por honorarios, seguirán pagando impuestos de manera normal y no habrá más cambios, ya que en el primer caso el ISR se retiene por parte de la empresa.

 

Lo que podría suceder con las personas asalariadas es que podrían tener una mejor o mayor devolución de impuestos pero esto dependería de acuerdo con el SAT. “El régimen de asalariados no va a tener ningún beneficio”.

 

Mientras que el de servicios profesionales tampoco tendrá modificaciones a menos de que el contribuyente también esté dado de alta como persona física con actividad empresarial.

El gasto

En caso de aprobarse la propuesta tal cual, para prepararse para entrar a este nuevo régimen, los contribuyentes  deberán estar al corriente con sus obligaciones, tener la e.firma vigente y el Buzón Tributario activa y sellos para la factura.

 

En caso de no estar al corriente,  deberán pagar los adeudos pendientes o acudir con la autoridad tributaria.

Impuestos según sus ingresos

Según el régimen bajo el cual se tribute y la actividad económica a la que se dedique, se determinará como deberá pagar impuestos el contribuyente.

Incluso, los contribuyentes podrían cambiarse de régimen fiscal, de ahí la importancia de que ubique su régimen fiscal y validar si es correcto, y, en caso de ser necesario, cambiarse.

Lo que busca la autoridad es hacer más sencillo el proceso, aseguró, por ejemplo en el caso de una papelería deberá emitir facturas, a través de este sistema es como el SAT va a determinar este porcentaje además de que lo va a determinar de base en el flujo y no en lo que factura.

 

Las tasas contempladas en el nuevo esquema son menores, “suena más atractivo y esto significa que los contribuyentes pueden ver el esquema de forma positiva y se pueden sumar a este nuevo régimen, lo que se busca es facilitar el pago de impuestos”, explicó.

 

Incluso, sin que se sumen muchas deducciones “el contribuyente va a ir pagando como si fuera un porcentaje fijo a establecido mientras no te pases de ese rango de ingresos, será mucho más sencillo”, insistió.

Sin deducciones

En la letra chica del  régimen de confianza establecer establece que no existirán deducciones para  los contribuyentes físicos

“No se permite ninguna deducción por las tasas tan bajas de 1 y hasta 2.5% (...) Son tasas bajas de ISR sobre aplicación directa de los ingresos para determinar el impuesto, no hay deducciones, aunque generes gastos, no las podrán disminuir del impuesto para efectos del cálculo”, comentó a El Economista, Diamantina Perales, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

 

Explicó que las modificaciones que plantea el nuevo régimen establecen que los contribuyentes determinarán los pagos de sus impuestos sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y sin aplicar deducción alguna.

 

De acuerdo con lo presentado en la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF), las nuevas tasas para las personas físicas oscilan entre 1 y 2.5 por ciento. Si una persona física gana hasta 300,000 pesos la tasa será de 1%; hasta 600,000, de 1.1%; hasta 1 millón, de 1.5%; hasta 2.5 millones de 2.0%; y hasta 3.5 millones de 2.5 por ciento.

Al respecto, Patricia López, integrante de la comisión fiscal de Coparmex, dijo que las tasas de ISR son accesibles; sin embargo, las personas físicas se tendrán que olvidar de las deducciones bajo este nuevo régimen.

 

¿Qué deducir?

Actualmente una persona física puede deducir bienes personales en su declaración anual como honorarios médicos, dentales o colegiaturas. Se pueden deducir hasta 15 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), que equivalen a 163,000 pesos al año.

 

Además, dentro del Régimen de Incorporación Fiscal, que se plantea desaparecer, se permite deducir la renta de locales donde se realiza la actividad; energía eléctrica, Internet o telefonía debidamente acreditados mediante el Comprobante Fiscal Digital por Internet así como artículos de papelería y gasolina.

 

Personas Morales

Los especialistas aclararon que las personas morales que tributen bajo este régimen de confianza (con ingresos por hasta 35 millones de pesos anuales ) sí podrán deducir ISR.  Además, su ISR será calculado de acuerdo a sus ingresos efectivos y no con base en su facturación.

La presidenta del IMCP explicó que “a las empresas que inviertan en naves industriales o en maquinaria para ampliar su fuerza productiva y generen empleo, se les permitirá deducir el activo fijo en menos años.

Max Diener, profesor de Derecho en el Tec de Monterrey explicó a La Silla Rota que: “Se van a permitir deducciones, va a aplicar tasa de 30% en personas morales, pero bajo base de liquidez mayor, pero con régimen de deducciones más simple que permite más margen de maniobra”.

Explicó que el régimen acelerado de las inversiones, es muy estimulantes desde el punto de vista fiscal porque va a permitir lograr descontar o depreciar activos de formas más acelerada. Vas a poder deducir inversiones en activos.

“Vas a poder deducir inversiones en activos. El mobiliario, equipo de oficina, automóviles y computadoras”.

Afore

En el caso de las aportaciones voluntarias en la afores, se mantiene la deducción. Las personas físicas podrán deducir lo que resulte menor entre cinco veces las UMA o 10% del total de los ingresos del contribuyente. Sin embargo, en la ILIF se propone que para el resto de los regímenes fiscales esta deducción sea incluida en el gasto total junto a deducciones hospitalarias o hipotecas.

 

 

 

cj