Las malas noticias podrán llegar en 2022 a través de tu buzón tributario, ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sido facultado para hacer notificaciones por este medio sobre un proceso de embargo a contribuyentes deudores.
De acuerdo al diario Reforma, esta medida lleva a que el contribuyente sea responsable de revisar su buzón tributario, pues si llega a recibir un aviso de proceso de embargo, contará con un plazo de sólo tres días para responder al SAT antes de que determine el embargo.
El SAT podría embargarte, si no revisaste a tiempo una notificación, depósitos bancarios, ahorros, inversiones en seguros, acciones, bonos, bienes muebles e inmuebles, por mencionar algunos.
La nueva medida viene incluida en la Miscelánea Fiscal 2022 para darle esta facultad al SAT en el caso de créditos exigibles.
¿QUÉ ES EL BUZÓN TRIBUTARIO?
Se trata del canal tradicional con el que el SAT y los contribuyentes permanecen en contacto para recibir notificaciones sobre trámites, requerimientos o el depósito de información fiscal o de consulta. A partir de 2020, este instrumento virtual empezó a cobrar relevancia.
Ahora es obligatorio establecer el registro y actualización de datos de contacto. De no hacerlo, se te pueden imponer multas.
En este sentido, el proporcionar datos equívocos será considerado oposición a ser notificado por parte del contribuyente, además de que las notificaciones serán por estrados: avisos físicos que se encuentran en las oficinas de la autoridad fiscal.
En caso de que tus fuentes de ingresos sean únicamente por concepto de salario, la habilitación del buzón es opcional. No así para los asalariados que reciben extras por arrendamiento, honorarios o asimilados a salarios.
Para habilitar tu Buzón Tributario es necesario acudir a oficinas del SAT o bien, puedes hacerlo a través de su portal de trámites.
(Luis Ramos)